El significado y alcance del artículo 333 de la Constitución de 1999: un deber ciudadano

El significado y alcance del artículo 333 de la Constitución de 1999: un deber ciudadano

«Esta Constitución no perderá su vigencia si dejare de observarse por acto de fuerza o porque fuere derogada por cualquier medio distinto al previsto en ella. En tal eventualidad, todo ciudadano investido o no de autoridad tendrá el deber de colaborar en el restablecimiento de su efectiva vigencia«.

Artículo 333

En anterior edición (Sarmiento: https://www.elnacional.com/opinion/el-significado-del-articulo-350-de-la-constitucion-de-1999-un-llamado-a-la-desobediencia-civil/) me referí al artículo 350 de la Constitución de 1999 y a la desobediencia civil y a la resistencia frente a regímenes políticos dictatoriales, o ante una legislación o  cualquier autoridad que sea inconstitucional o que actúe contra de la Constitución o que menoscabe los derechos humanos;  y agregaba que se trata, en definitiva de un derecho a que la Constitución no se vulnere, y a que si su supremacía no es capaz de ser garantizada por los órganos de la jurisdicción constitucional, entonces toda persona individualmente o en grupo, tiene derecho a procurar que se restablezca el orden  constitucional violado, concluyendo que tal artículo 350, por tanto, actúa como una especie de salvaguarda ante los abusos del poder; y permite a los ciudadanos, colectiva o individualmente, tomar acción contra cualquier autoridad que contravenga los principios democráticos establecidos en la Constitución.

Hoy me corresponde exponer acerca del significado y alcance del artículo 333 de la Constitución de 1999, una norma que constituye un pilar fundamental para la defensa del orden jurídico-constitucional y la vigencia del Estado de Derecho, una declaración de principios esencial según la cual la supremacía y la continuidad de la Constitución no perderá su vigencia por dejar de observarse por un acto de fuerza, ni cuando fuera derogada por cualquier medio distinto al previsto en ella.

Pero así como queda claramente establecida la vigencia de la Constitución cuando dejare de observase por un acto de fuerza -golpe de Estado, fraude electoral, por ejemplo-  la misma norma establece un deber ciudadano claro: en situaciones donde el orden constitucional sea vulnerado, todo ciudadano investido o no de autoridad tendrá el deber de colaborar en el restablecimiento de su efectiva vigencia.

Este mandato se dirige a la sociedad en su conjunto, enfatizando que la defensa de la democracia y el Estado de Derecho es una tarea de todo ciudadano. O sea, todo aquel que tenga o no posición de poder tiene el deber de actuar en defensa de la Constitución y, en ejercicio de la soberanía popular, desconocer órdenes o actos que la contravengan.

Se trata de cumplir un papel activo en la protección del orden constitucional. No obstante, si bien el artículo 333 confiere un marco normativo claro, su ejercicio puede enfrentarse a obstáculos reales como la represión y la persecución política. En tales supuestos, el cumplimiento del deber en forma coordinada y pacífica de los ciudadanos y de los actores políticos resultan determinantes para defender el orden constitucional.

En fin, el artículo 333 constituye una declaración de resistencia jurídica y un llamado a la acción ciudadana en defensa del Estado de Derecho. Su relevancia radica en garantizar la continuidad de la Constitución como la norma suprema del país, incluso en escenarios de alteración del orden constitucional, especialmente cuando esa alteración atenta contra los derechos humanos y se manifiesta mediante represión brutal y hasta por la comisión de delitos de lesa humanidad, situaciones en los que ese deber ciudadano de colaborar en el efectivo restablecimiento de la vigencia de la constitucionalidad tendrá que ser ejercido con la adecuada prudencia para evitar ser víctima de la sevicia de los opresores.

 

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